Higiene industrial: la medición la exige su matriz de peligros
Las mediciones ambientales, también llamadas mediciones higiénicas o estudios de higiene industrial, cuantifican a qué están expuestos sus trabajadores: cuánto ruido, cuánta luz, cuánto calor o qué concentración de una sustancia química.
Ninguna norma colombiana impone una lista fija de mediciones ni una periodicidad única para todas las empresas. Lo que manda es su matriz de peligros: cuando identifica un riesgo prioritario que necesita caracterización técnica, hay que medirlo, comparar el resultado con la norma y aplicar controles. Medir lo que no está en su matriz es gastar; no medir lo que sí está es dejar un hueco en el sistema.
Qué medimos y con qué norma se compara
| Agente | Cómo se mide | Referencia |
|---|---|---|
| Ruido | Sonometría por área y dosimetría personal | Resolución 1792 de 1990 y Resolución 2400 de 1979 |
| Iluminación | Luxometría por área y tipo de tarea | RETILAP vigente (Resolución 40286 de 2026) |
| Estrés térmico | Monitor de índice WBGT | Resolución 2400 de 1979 y criterios ACGIH |
| Químicos y material particulado | Muestreo personal y análisis de laboratorio | Valores límite ACGIH, adoptados por la Resolución 2400 de 1979 |
| Vibraciones | Acelerómetro en cuerpo entero o mano-brazo | Resolución 2400 de 1979 y criterios ACGIH |
Qué debe traer un informe de mediciones
- Resultados en las unidades de la norma y comparación con el valor de referencia que aplica.
- Puestos y áreas que no cumplen.
- Controles propuestos en orden: en la fuente, en el medio y en el trabajador.
- Certificados de calibración de los equipos usados.
- Firma de un profesional con licencia en SST vigente.
El informe no termina en un archivo. La Resolución 1843 de 2025 obliga a entregar los estudios de higiene industrial al médico que hace los exámenes ocupacionales, y sus resultados definen qué trabajadores entran en los sistemas de vigilancia epidemiológica, por ejemplo el de conservación auditiva.
Bioseguridad en 2026: qué sigue vigente
Los protocolos generales de bioseguridad de la pandemia ya no son obligatorios. La cadena fue la Resolución 666 de 2020, la 777 de 2021, la 350 de 2022 y la 692 de 2022, y esta última perdió vigencia con el fin de la emergencia sanitaria, el 30 de junio de 2022.
Lo que sigue vigente es la gestión del riesgo biológico dentro del SG-SST: identificarlo en la matriz de peligros, definir controles, vigilar la salud de los expuestos y, cuando aplique, los esquemas de vacunación. En sectores con riesgo biológico propio, como salud, laboratorios, estética, alimentos, aseo o manejo de residuos, se suman los protocolos de su actividad.
Para ver cómo se valoran los riesgos que dan origen a una medición, lea ¿Qué es una evaluación de riesgos laborales?.

